OTROS ENSAYOS HISTÓRICOS Y LINGÜÍSTICOS RELACIONADOS CON LOS DOS ENSAYOS ANTERIORES.
OTROS ENSAYOS HISTÓRICOS Y LINGÜÍSTICOS
RELACIONADOS CON LOS DOS ENSAYOS ANTERIORES.
I.-Las Crónicas pisanas
del Liber Majolichinus: A).-Primera fuente histórica de Cataluña. B).- Códices
conservados de dicho Liber. C)- Algunas
disquisiciones sobre el “Liber Maiolichinus” y su supuesto conocimiento por los
Condes de Barcelona. D).-Aparente silenciamiento de dichas crónicas en el
condado barcelonés. E).-Preguntas a hacernos sobre la oportunidad del momento
de la declaración sobre una futura Catalonia. F). Oportunidad del momento de la
declaración de una futura Catalonia. G).-Malograda unión de la Corona de Aragón
con los condados y Señoríos de la Occitania oriental, incluida la Provenza.
H).-Resultado de esa aspiración territorial malograda de la Corona de Aragón. I).-
Escasa valoración actual por los historiadores del citado Liber Majolichinus,
como principal fuente histórica de la etimología de Cataluña.
A).-La primera fuente histórica
escrita en que se cita a Cataluña en su primitiva forma de Catalaunia es en
unas Crónicas pisanas escritas antes del año 1120, referentes a una Cruzada
pisano-catalana contra el reino taifa de Mallorca en los años 1113 y 1114;
dichas Crónicas están relatadas en un libro escrito en latín y conocido
abreviadamente como el Liber Majorichinus, Majolichinus o Maiolichinus.
Es muy importante para la historia de
Cataluña, o mejor dicho para sus antecedentes, ya que Cataluña todavía no
existía en esa época, pero la aparición del corónimo presagiaba que estaba a
punto de nacer, como efectivamente ocurrió unos cincuenta años más tarde,
cuando Alfonso el Casto determinó las tierras que en un futuro serían llamadas
Catalonia, una forma evolucionada de Catalaunia.
No sólo es importante históricamente
el citado corónimo como el primer nombre de Cataluña, sino que por tal razón es
en principio la etimología de su nombre actual, mientras no aparezca un étimo
más antiguo con el mismo lexema “catalaun”, ya que una raíz distinta no es
gramaticalmente posible para deducir Catalaunia.
B) .- Códices conservados: La primera vez que aparecieron los étimos “català y
Catalunya”, aunque no bajo esas formas, sino en las originaria y en latín (Catalaunia y catalaunicus), fue en
las citadas crónicas pisanas, escritas entre los años 1115 y 1120 sobre una
cruzada contra la piratería sarracena y contra el emir Mubasir de las islas
orientales del Alandalus (al-jair al-sharqiya li-l-Andalus=islas Baleares),
autorizada por el Papa Pascual y liderada por el arzobispo de Pisa Pedro II y
por el Conde de Barcelona Ramón Berenguer III, quien, como jefe militar, pactó con los pisanos la organización y planes
para dicha Cruzada en “Portus Sancti Felicis Guixalensis” el 7/9/1114,
asistiendo también al pacto el obispo de Gerona (Dicho puerto se refiere al de
la actual localidad gerundense de San Feliu de Guixols.).
Se narran los hechos de dichas
crónicas en el Liber maiolichinus de
gestis pisanorum illustribus. (Libro
mallorquín sobre las gestas importantes de los pisanos).
Dichas crónicas están escritas en un
tosco y defectuoso latín medieval, si bien con brioso estilo, al parecer por un
clérigo llamado Enricus Pisanus. Las crónicas se componen de 3521 hemistiquios
de una o dos líneas.
El Liber, Maiolichinus fue escrito durante los años que siguieron a la
guerra balear; probablemente entre 1115 y
1120; quizás en 1117, pero hasta el siglo XVII no lo dieron a conocer
los estudiosos. Apareció en Italia y fue un erudito eclesiástico,
Viviani, quien halló una copia del
poema y la dio a
conocer a Ughelli, quien,
a su vez, la publicó en su Italia Sacra (X, págs. 127 y siguientes). Sucesivamente, el
susodicho texto ughelliano fue recogido por Muratori en su libro “Rerum italicarum”.
Existen diversas copias del poema
balear, transcritas en diversos momentos, con más o menos variantes que se pueden
atribuir a los amanuenses. Además del códice de Viviani, que no se ha vuelto a
encontrar, se conocen otros tres códices, conocidos con las denominaciones de
“rediano”, “británico” y ”roncionano”.
El rediano o “laurenziano”, aparentemente
de Francesco de
Redi, se conserva en la Biblioteca
Mediceo-Laurenziana de Florencia y habló por vez primera de él
Davidsohn en las “Forschungen zur Alteren Geschichte von Florenz”- 1896. (La
investigación sobre la historia antigua de Florencia-1896)
El códice británico se halla en el Museo Británico
de Londres, Hebert lo compró en 1836 y Ludwig Bethmann dio noticias de dicho
códice en 1872.
Tanto el texto rediano como el
británico resultan casi idénticos al códice de Viviani, publicado antes por
Ughelli, y después por Murati y Migne.
Calisse llegó a sostener, si no, con
certeza absoluta pero sí con la máxima probabilidad, que el manuscrito o la
copia que Viviani pasó a Ughelli era el mismo texto que el del códice rediano o
laurenziano.
El códice roncionano o pisano fue el
último en salir a la luz y conocerse públicamente. Pertenecía a una noble familia pisana, la
de los Rosselmini, de la cual uno de sus
miembros lo cedió en 1950 al canónigo
Raffaello Roncioni.
Este
investigador y erudito canónigo parafraseó dicho
codicilo en lengua
vulgar para enriquecer sus Historias Pisanas, en las
que escribió sobre dicho poema épico, atribuyendo la
paternidad del mismo a Enrice, capellán
del arzobispo Pietro
Moriconi.
En
1844, Bonoini, en su
prefacio a la
obra histórica de
Roncioni dio noticia del códice pisano con sucinta y exacta descripción.
Desde entonces, el poema pasó a ser propiedad de la familia Roncioni y tan sólo a comienzos de este siglo,
tras un primer examen de Amari, Calisse lo estudió durante mucho tiempo, lo transcribió
y lo publicó en 1904, para el “Istituto Storico Italiano”.
Nosotros
respecto a los comentarios sobre ese libro nos hemos documentado en el estudio
de Gino Benvenuti y en relación con el propio texto del Liber, Majolichinus, con el texto latino proporcionado por la Universidad de Pisa.
C.- Algunas disquisiciones sobre el “Liber Maiolichinus” y su
supuesto conocimiento por los Condes de Barcelona: Una vez aparecidos los tres citados
códices en Italia, fueron todos ellos estudiados por historiadores especialistas
en diplomática y documentos antiguos, autenticándolos en relación con la época
en que fue escrito dicho Liber.
Si las citadas crónicas pisanas
terminaron de escribirse hacia 1117, Alfonso II dio a conocer el corónimo con
la grafía de Catalonia unos 56 años más tarde de terminarse de escribir dichas
crónicas, las que lógicamente debieron conocer su abuelo Ramón Berenguer III y
su padre Ramón Berenguer IV, o quizás no las conociesen por algún motivo
determinado, y pudiera ocurrir que los pisanos no tuvieran la atención de
enviar una copia del códice original, lo cual sería muy extraño.
Ramón Berenguer III, lógicamente tuvo
que conocer esas crónicas de las que era coprotagonista muy importante, y si
bien el objetivo primordial de esas crónicas era el relatar las gestas
importantes de los pisanos, dicho Conde tuvo un papel relevante en esa Cruzada,
según el citado Liber, que no se puede soslayar.
Pudieran haberse divulgado esas
crónicas en el condado barcelonés, pero al parecer ello no ocurrió o de ocurrir
y haber llegado alguna copia al condado de Barcelona, esa quedó encerrada en algún
sitio con cuatro candados y luego presumiblemente se perdió.
En cualquier caso, al parecer, no
debieron divulgarse dichas crónicas. Esas dudas que expresamos nos llevan de
momento a una reflexión sin respuesta, ya que ni siquiera los cronistas
catalanes las mencionan.
Sin embargo el conocimiento por los
citados condes de los étimos catalanes que querían institucionalizar es incuestionable
por indubitable.
Dichos étimos son los mismos que previamente
se escribieron y aparecieron varias veces en las crónicas pisanas, y son el
corónimo Catalaunia con dos variantes (Catalania y Catelania) más y los gentilicios
catalaunicus y catalaniensis.
Alfonso II sólo citó el corónimo
Catalonia en su Decreto de Paz y Tregua, pero debido a la rigidez de la
gramática latina, de cualquier étimo determinado se deducen los demás étimos
relacionados. Por dicha razón decimos que Alfonso II validó los étimos
catalanes aparecidos en las crónicas pisanas.
En cualquier caso las crónicas eran
pisanas y respondían a los intereses pisanos de combatir la piratería en el
Mediterráneo occidental, de las que estos eran sus principales víctimas, y
querían liberar a los presos cautivos de los sarracenos, y al mismo tiempo
ensalzar las gestas relevantes de los pisanos.
Narraban unos hechos en los que los condes
catalanes y occitanos tenían un papel relevante que no podía obviar el
escritor, y los presentaba como héroes; en cuanto a los étimos catalanes eran
aspectos marginales en relación con el interés pisano, pero no para el catalán.
Era muy probable que el cronista se preguntase
que gentilicio debía aplicarse a las tropas catalanas y occitanas, y si las
podía llamar a todas “franci” o el conjunto de los condados de la Marca tenía
un propio gentilicio común, o bien sólo se aplicaban los varios gentilicios
condales. Podría preguntarse además si la Marca Hispánica tendría un propio
corónimo, estando la mayoría de los condados reunidos bajo un solo cetro y
observando su prácticamente independiente política con respecto al Rey de
Francia.
Sólo los condes de la Marca podían
contestar a dicha pregunta, y antes que nadie Ramón Berenguer III, quien al
parecer pudo decir que eran catalaunici como súbditos genéricos de todos los
condados de la Marca hispánica, a cuyo conjunto de condados le dio el nombre de
Catalaunia con el gentilicio de catalaunicus, apareciendo dichos términos en el
citado Liber Majorichinus.
Vimos que en la grafía Catalonia, del
Decreto de Paz y Tregua de Alfonso el Casto, el diptongo “au” se transformó en
la vocal “o” y de esa grafía se dedujo el gentilicio “catalanus”, más eufónico
que un supuesto *catalonus, en consonancia con el gentilicio adjetival
catalaunicus. Catalanus, no citado en dicho Liber Majolichinus, se deriva de
catalaunicus y se transformará primero en “catalán” y luego en “català”.
En la gestación o trama de dichos
étimos tuvo forzosamente que existir una colaboración pisana con el Conde de
Barcelona, cuyo cronista del “Liber Majolichinus” (una forma de escribirse)
escribió sobre las gestas importantes de los pisanos y los héroes catalanes,
probablemente en el 1117. En dicho año, el soberano del Condado de Barcelona
era Ramón Berenguer III (1082- 1131), quien en el momento supuesto de publicarse
la citada crónica tendría unos 35 años. El mencionado conde y el citado
cronista debieron estar en contacto por lo menos unos dos años, el tiempo que
duró la cruzada baleárica.
Intentamos explicar lo que
aparentemente parece una contradicción consistente en que en el año de 1113,
cuando comenzó la Cruzada balear, el cronista pisano ya conocía los citados
étimos catalanes, cuando quienes, siendo condes catalanes, no reconocían
todavía oficialmente esa condición de su catalanidad, pero tal oxímoron no
debió de existir porque seguramente o al menos oficiosamente ya conocían dicha
condición de su identidad.
No puede existir ninguna duda en
cuanto a que los étimos en relación con Cataluña, gentilicios y corónimo, se
los proporcionaron o facilitaron al amanuense o escritor de las crónicas
pisanas, quienes todavía no se identificaban oficialmente con dichos étimos,
pero sí deseaban que se perpetuasen en un futuro próximo. Nos referimos al
conde Ramón Berenguer III a quien el amanuense lo citaba en el Liber como heroe catalaunicus.
D.- Aparente silenciamiento de dichas crónicas en el condado
barcelonés.
Las crónicas pisanas narran las heroicidades de los condes
“catalanes”, Ramón Berenguer III y Hug II de Ampurias y cita unos étimos
catalanes, oficialmente inexistentes cuando se escribieron dichas crónicas.
Ni Ramón Berenguer III ni su hijo Ramón Berenguer IV,
llegaron a morir reconociéndose oficialmente como catalanes, sólo el hijo del
último Alfonso II llegó a citar unas tierras que en su día llegarían a formar
parte de lo que en un futuro iba a conocerse como Cataluña, pero no explicó
el por qué de esa futurible circunstancia y por qué tuvo que silenciar su
supuesto y lógico conocimiento de las citadas crónicas. No queda tampoco
constancia de haberlas citado ningún conde anterior.
Todo ello puede dar a entender que dichos Condes quisieron
tratar con mucho sigilo la información que proporcionaron al amanuense de esas
crónicas.
Al ocultarse, perderse o no haber llegado al Condado de
Barcelona una supuesta copia del Códice original, no pudo haberse dado en el citado
condado una difusión del mismo, o en caso de haber llegado una copia, su
difusión tuvo que ser muy limitada, confidencial y con cierto halo mágico.
En el caso improbable
de que apareciese en Cataluña una copia del codicilo, los étimos catalanes del
mismo serían exónimos y quedarían por tal razón autentificados por mostrar que
no eran endónimos manipulados.
En Italia aparecieron tres copias seis siglos después de
haberse escrito el códice original, que está tan prolijamente detallado que no
ofrece duda su autenticidad.
E.-Preguntas a hacernos sobre los “étimos” catalanes del
códice pisano
Llegado a estas conclusiones, nos cabe a continuación
preguntarnos:
1ª ¿Por qué existe ese halo de misterio sobre dichas crónicas
pisanas que al parecer se perdieron u olvidaron en la época del Condado de
Barcelona y también luego durante el largo periodo de la Corona de Aragón?
2ª ¿Por qué la declaración del corónimo sobre Cataluña en
1177 se produjo tan tarde, de forma imprevista, al parecer, y de una forma poco
formal, aprovechando un Decreto de Paz y Tregua, cuando ya se conocía probablemente
el nombre de dicho corónimo uno o dos siglos antes de dicha declaración?
3º ¿Por qué aparecieron esos étimos precisamente en esa época
y en esas crónicas?
4º ¿Por qué razón y por quien fueron elegidos esos étimos
catalanes para transmitirlos a los pisanos en un momento determinado?
5ª: ¿Por qué no se ha explotado todavía adecuadamente hasta
el presente esa información etimológica, que hubiese debido desplazar al olvido
a todas las teorías sobre el origen de “Cataluña”, fundamentadas en la única
fuente fiable histórica, que por otra parte no ha sido todavía debidamente valorada,
pero tampoco cuestionada?
Respecto a la 1ª pregunta formulada ya hicimos algunas
especulaciones sin respuesta, sobre el hecho de la posible falta de divulgación
del Liber Majolichinus y/o pérdida del mismo, en el supuesto de que hubiese
llegado una copia del códice al condado de Barcelona, lo que pudiera no haber
ocurrido. La respuesta a la anterior pregunta está relacionada con la respuesta
a la 5ª pregunta y la contestaremos más adelante para continuar preguntándonos
el porqué de esa incomprensible poca valoración por parte de los historiadores de
la única fuente escrita sobre el nombre del territorio que luego se llamaría
Catalunya.
Las repuestas a las preguntas 2ª, 3ª
y 4ª las contestaremos a continuación en un solo argumentario exponiendo una
posible y probable hipótesis en relación con el temario de las preguntas.
Para resolver esas incógnitas se
precisaría de una luz clarificadora que nos haga parar mientes en las dudas que
nos dificulta ver la más probable realidad de lo que estamos exponiendo.
Esas dudas las dejamos escritas para
el lector y continuamos con el argumentario de una posible hipótesis sobre el
supuesto silenciamiento de dichas crónicas con sus étimos catalanes en los
condados de la Marca Hispánica.
F).-Oportunidad del momento de la
declaración sobre una futura Catalonia. Los condes de Barcelona debían actuar
con mucha prudencia y reserva, en unos momentos en que ya pergeñaban su unión
con el reino de Aragón, eran soberanos de condados, señoríos, plazas y
castillos del Languedoc, y habían adquirido recientemente el condado de Provenza,
mediante el matrimonio de Ramón Berenguer III con Dulce de Provenza.
El resto de Occitania, excepto
Aquitania y Guyena, era un conjunto de estados feudatarios, incluído el condado
de Tolosa, de Alfonso II, rey de Aragón y conde de Barcelona. Ese fue el
momento culminante o estelar de la expansión de la Corona de Aragón en
Occitania, zona de cultura galo-Hispánica pero en cualquier caso no
galo-fráncica
En cuanto al extenso tiempo
transcurrido desde la creación del citado corónimo hasta su declaración oficial
en 1177 por Alfonso II, indica que probablemente los condes de Barcelona lo
habían conservado y transmitido de un conde a otro reservadamente, sin
divulgación alguna, quizás a partir de Borrell II.
Su comunicación al amanuense pisano
fue una excepción. Extraña que no se hayan celebrado debidamente por el pueblo
las heroicidades de los condes de Barcelona y de Ampurias, pero ello hubiera exigido
la divulgación del Liber Majolichinus, que como hemos dicho parece que no se
divulgó, quizás porque no interesase el divulgarlo.
Probablemente se consideró oportuno
el hacerlo durante el esplendoroso reinado de Alfonso II, en que se había
logrado la mayor extensión territorial de la soberanía de la Corona aragonesa y
todos los estados languedocianos y la Provenza, se consideraban feudatarios de
dicho rey, en cuanto era también Conde de Barcelona.
Esa posición de soberanía de sus
propios territorios, de Autoridad sobre sus feudos de toda la Occitania oriental
y de alianza con la Occitania occidental, ocupada por los ingleses en guerra
con los franceses, proporcionaba a Alfonso el Casto una fuerte posición
política y militar frente a Francia.
Fortaleza política que le permitiría
declarar que los condados de la antigua frontera o “marca franca” con la
antigua Hispania, incluyendo el recién heredado Condado del Rosellón y los
Marquesados de Lérida y Tortosa, arrebatados a los sarracenos por Ramón
Berenguer IV, en un futuro se integrarían en un territorio que se llamaría
Catalonia.
(Se conoció la citada frontera como Marca
Hispánica cuando Petrus de Marca escribió en el S.XVII un libro en latín,
llamado Marca Hispanica, encargado por Luis XIII para poder reivindicar a
España en el Tratado de los Pirineos las comarcas de la Alta Cerdaña, Conflent,
Alto Capcir, el Roselló y el Vallespir).
Para llegar a ese momento de la integración
catalana, fue necesaria la concurrencia de unas oportunas circunstancias muy
favorables a la Corona de Aragón y una previa política de alianzas y enlaces
familiares entre el Condado de Barcelona, el Reino de Aragón y los señoríos,
plazas y castillos del Languedoc y el condado de Provenza, éstos últimos
pertenecientes o feudos del Conde de Barcelona; la Corona de Aragón recibió
posteriormente la herencia del Condado del Roselló.
(No contaban para ese momento, de
finales del S.XII y principio del S.XIII, los condados que se anexionaron a la
corona de Aragón posteriormente como los condados del Pallars, Jussà y Sobirà,
el condado de Ampurias y el condado de Urgell, último condado en unirse a la
corona de Aragón.)
Ramón Berenguer III, el Grande,
inició una política de enlaces y alianzas, Ramón Berenguer IV afianzó esa
política uniendo el Condado de Barcelona al Reino de Aragón, y reconquistó los
reinos taifas de Lérida y Tortosa.
Con su hijo Alfonso el Casto, primer
monarca de la Corona de Aragón se alcanzó la máxima extensión
catalano-aragonesa y cuando dicho monarca Alfonso II anunció el territorio que
en un futuro sería Cataluña, dicha declaración fue muy bien recibida en todo el
Languedoc. Y varias plazas y ciudades languedocianas manifestaron su deseo de
ser catalanas y unidas al mencionado territorio que iba desde Salses a Lérida y
Tortosa.
Probablemente durante el reinado de
Alfonso II y después de la anexión del Rosellón a la Corona de Aragón, se consideró
el momento oportuno para determinar el territorio que un día sería llamado
Catalonia, sin precisar cuando, y así efectivamente el mencionado rey hizo su
prudente declaración sobre una futurible Catalonia.
Todos los condados de la franca “Marca
Hispánica” siguieron siendo, durante todo el S. XII y principios del S. XIII,
formalmente feudatarios de los reyes de Francia, a cuyo derecho feudal no
habían renunciado, aunque prácticamente dichos condados eran políticamente
independientes.
Y siendo dichos condados, personal e
individualmente feudatarios del rey de Francia, no podían los condes de
Barcelona alterar el estatus o el nombre de dichos condados o del conjunto de
los mismos sin autorización del rey de Francia, ni tampoco fundar marquesados o
principados, sin violar el derecho feudal y canónico que habían heredado los
reyes franceses del Sacro Imperio Romano Germánico y luego de los reyes
francos.
Esa circunstancia del derecho feudal
aconsejaba actuar con prudencia a los condes de Barcelona, y luego a los reyes
de la Corona de Aragón, respecto a la estructura política y jurídica de la
franca Marca hispánica , respecto a modificarla o a cambiarla de nombre.
Gothia fue desde su fundación una
unidad política y administrativa, primero un marquesado, gobernada por
margraves francos y luego un ducado con el franco duque Bernardo de Gothia,
cuya misión, encargada por Ludovico Pío, fue contener el poderío de Berenguer
de Tolosa, conde de Barcelona, Gerona, Ampurias y Tolosa, y consejero de Pipino
I de Aquitania.
Al contrario de Gothia, la Marca
hispánica no fue fundada como una unidad política y administrativa y sus
condados eran feudatarios directos del rey francés o a través de un mandatario
del rey, como el duque de Gothia para limitar su poderío, es decir dicha Marca
hispánica nació desvertebrada y sin conexión política entre sus condados.
Sin embargo todos esos condados, a
través del tiempo, mediante alianzas familiares o vasallajes, acabaron reunidos
la mayoría bajo el solio soberano del Conde de Barcelona o bajo su órbita
feudataria.
En cualquier caso se puede pensar que
los condes de Barcelona procurasen evitar contrariar o soliviantar a los reyes
de Francia mediante acciones innecesarias, acudiendo a veces a subterfugios,
como cuando Ramón Berenguer IV conquistó las tierras andalusíes de Lérida y
Tortuixa como Princeps d’Aragón, y fundó los marquesados de Lérida y Tortosa, asignándolos
al reino de Aragón, evitando así enfeudarlos al rey de Francia.
En el S.XII Francia se encontraba muy
debilitada por la guerra contra los ingleses y contra el Imperio germánico,
además al separarse el Rey Luis VII de Leonor de Aquitania, Duquesa de
Aquitania y Guyena, y condesa de Gascuña, y casarse dicha ex reina
consorte de Francia con Enrique II Plantagênet, rey de Inglaterra, duque de
Normandía, conde de Anjou, conde de Maine, conde de Nantes y señor de Irlanda,
pasó a ser reina consorte de Inglaterra, uniendo sus posesiones al reino de
Inglaterra.
Con dicha última unión las posesiones
del Rey Enrique II de Inglaterra en Francia eran ocho veces mayores que las
posesiones realmente en poder de Luis VII; Enrique Plantagênet era vasallo del
rey francés, en cuanto se refiere a sus posesiones francesas, lo que por otra parte
no le impedía luchar contra el rey francés, pero en otros aspectos procuraba
cumplir con las formalidades feudales.
Además Luis VII no sólo estaba
acosado por enemigos del exterior sino también contestado por el feudo del poderoso
Duque de Borgoña, en tanto que los feudos del mediodía francés se habían desligado,
de hecho, de su vasallaje al rey capeto, al igual que los condados de la Marca
lo habían hecho antes, y se encontraban como feudatarios de hecho bajo la
órbita y protección de la Corona de Aragón.
Respecto al vasallaje de los condes de
la Corona de Aragón, en cuanto eran también condes de los condados de la franca
Marca hispánica, eran formalmente feudatarios de los reyes capetos y su
posicionamiento en relación a los mismos era similar al de los reyes ingleses
respecto a los reyes franceses.
Enrique II, Plantagênet, rey angevino
de Inglaterra y duque consorte de Aquitania, por su matrimonio con Leonor de
Aquitania, era el padrino y aliado de Alfonso II.
La posición de Alfonso II en
Occitania era muy fuerte, acrecentada además por ser ahijado de Enrique
Plantagênet, enfrentado a los franceses, sin embargo ya se cernía sobre esa
zona occitana, durante su reinado, la amenaza de la herejía albigense, de imprevisibles
resultados.
A Alfonso el Casto, al igual que sus
inmediatos antecesores, había que tildarlo de prudente y sabio en la
construcción de una gran Occitania, labor llevada a cabo por todos ellos, y ya
sólo cabía que sus sucesores llevasen a buen término y afianzasen tan magna
empresa. Había llegado el momento oportuno de acometer la empresa de desligar
esa gran Occitania de ser feudataria de los reyes franceses.
G).-La malograda unión de la Corona de
Aragón con los condados y señoríos occitanos. Desgraciadamente esas
expectativas de la gran Corona de Aragón se truncaron debido a los problemas
políticos y religiosos ocasionados por la herejía albigense extendida por todo
el Languedoc que llevó a una guerra abierta entre Simón de Montfort, jefe de
los cruzados, nombrado por el Papa Urbano II, y Pedro II de Aragón, hijo de
Alfonso el Casto, quien se vio obligado a acudir en defensa del Conde Raimundo
de Tolosa, feudatario suyo, en Muret en cuyo lugar fue vencido en el año 1213
por el anglo francés al servicio de Francia y jefe de los cruzados Simón de Montfort.
La derrota de Pedro II en la Batalla
de Muret llevó al traste las ambiciones de la citada Corona de crear un estado
hispano-occitano.
Finalmente las tierras languedocianas
y provenzales, mediante alianzas familiares con miembros de la Casa capeta
entraron en el ámbito francés para últimamente incorporarse al reino de Francia
por el tratado de Corbeil en 1253.
En ese momento reinaba en Francia Felipe
Augusto, uno de los monarcas más admirados y estudiados de la
Francia medieval, no sólo en razón a su largo reinado, sino también por sus
importantes victorias militares y, sobre todo, por el desarrollo de los
proyectos llevados a cabo para asegurar el poder real frente a los grandes
señores feudales, que antes orbitaban en la Corona de Aragón. Ni siquiera
participó en la Cruzada albigense, se encontraba luchando contra Juan sin
Tierra y contra el Emperador Otón del Imperio Germánico, a quienes venció. Todo
el Languedoc y la Provenza le fueron servidos luego en bandeja al rey francés
Felipe Augusto.
H).-Resultados finales. Una vez
rotos los lazos feudatarios de Cataluña con Francia en el tratado de Corbeil,
Jaime I de Aragón, fundó el germen de un futuro Principado de Cataluña, y transfirió
los citados marquesados de Lérida y Tortosa al nuevo principado catalán. Inició
las expansiones, peninsular y Mediterránea, conquistando el reino taifa de Mallorca
y el de Valencia, ocupando la parte norte del Reino de Murcia (prov. de la
actual Alicante), llegando a conquistar la plaza de Caravaca, cedida a Castilla
por el Tratado de Almizra. Selló la alianza con su suegro Alfonso X, el Sabio,
de Castilla.
Como contrapartida de la derrota de
Muret y la paz de Corbeil, el Rosellón y los condados cismontanos de la antigua
Marca hispánica, dejaron de ser feudatarios del rey de Francia, bajo el amparo
de la Corona de Aragón y de su Rey y Conde Jaime I.
Posteriormente la Corona de Aragón se
expandió con Jaime I por las Baleares y el reino de Valencia y con Pedro III,
el Grande, por Nápoles, Cerdeña, Sicilia y ducado de Neopatria en Grecia.
I).- Incomprensible poca valoración
por parte de los historiadores de la única fuente escrita sobre la etimología
de Catalunya. Este tema ya lo tratamos y discutimos en el primer ensayo sobre
la Etimología del coronimo de Cataluña. Entendemos que el Liber Majolichinus no
se ha analizado debidamente ni tampoco traducido al catalán.
En cuanto a sus deducidos étimos Catelania
(Catalaunia) y catelani (catalauni), no asumimos la teoría de Corominas
que procedan respectivamente de Laketania y laketani, mediante
una doble metátesis, silábica y vocálica de dichos étimos ibéricos; ni tampoco
asumimos que el citado Liber se haya podido escribir o reescribir varios siglos
después del tiempo de la Cruzada baleárica con el error de las dobles metátesis
mencionadas, y que luego una persona culta, cuyo nombre no se cita, haya
apreciado esas metátesis y las haya comunicado a alguien que se desconoce.
Demasiadas supuestas coincidencias que hacen que esa supuesta teoría sea
posible, pero en términos de probabilidad muy improbable.
Tampoco asumimos la moderna
etimología, por improbable, de que Cataluña proceda de Castelania, es decir
tierra de castillos, procedente del supuesto fráncico *castelani que en francés
seria châtelain.
Sería muy difícil probar que
Catalaunia, o Catalonia, que llevan directamente a Catalunia y a Catalunya, procedan
de Castelania, donde se añade una “s” que luego desaparece.
El lexema de la familia de palabras
de la etimología “Catalaunia” de Catalunya es “catalaun”; y de la misma
Catalunia o Cataluña su lexema es “catalun”, de donde, en latín “cataluni”
significaría catalanes y “Catalunia”> Cataluña, tierra de catalanes. En
cuyos lexemas no aparece ninguna “s”, la cual debe considerarse
etimológicamente espuria.
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